INFORMACION SOBRE AYUDANTIAS, TRABAJOS Y SEGUNDO CONTROL

Estimados Alumnos

La sesión de ayudantía será el día viernes 20 de Octubre de 2006, a las 14:00 Horas. El curso será dividido en 4 grupos que estarán a cargo de ayudantes de la cátedra, en los cuales se dicutirán los siguientes casos: “Fallo del Tribunal Constitucional sobre el estatuto de Roma” y “Fallo Corte Interamericana Última Tentación de Cristo”
Para el 17 de Octubre, en la clase de Derecho Constitucional, deberán traer respondidas, en a lo más 2 planas tamaño carta en letra Times New Roman Nº 12 las siguientes preguntas, que serán discutidas con los ayudantes:

Caso “Fallo del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Roma”
1) Explique el voto de minoría de la sentencia
2) Explique los argumentos de los requirentes y los argumentos que esgrimió la Presidencia de la República

“Fallo de la Corte Interamericana de Justicia respecto del caso La Última Tentación de Cristo”

1) Señale y Explique los argumentos que esgrimió el Estado de Chile
2) Explique los argumentos del voto concurrente del fallo

El día de la sesión de ayudantía, 20 de octubre, los ayudantes darán a conocer la pregunta que deberá ser desarrollada por los alumnos en un trabajo individual que deberá entregarse el día martes 24 de Octubre, en la clase. El trabajo deberá seguir el siguiente formato: una plana, hoja carta en letra Times New Roman Nº 11

Este trabajo será la base del control oral de los días 27 y 28 de octubre.

Saludos Cordiales

Pablo Ruiz-Tagle Vial

8 Comentarios »

  1. Francisca Gutiérrez opinó:

    October 1, 2006 @ 1:35 pm

    Compañeros:
    Para aquellos que no encontraron, o no saben donde se encuentran los fallos, pueden encontrarlos en internet en los siguientes links:

    - Fallo del Tribunal Constitucional sobre el caso del Estatuto de Roma (es una versión online, no está en formato word ni pdf, simplemente copy paste de la página de internet a un archivo de word para imprimir):
    http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-00122002000100033&script=sci_arttext

    - Fallo de la Corte Interamericana de Justicia sobre el caso de ‘La Última Tentación de Cristo’ (archivo en formato pdf):
    http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_73_esp.pdf#search=%22Fallo%20de%20la%20Corte%20Interamericana%20de%20Justicia%20sobre%20el%20caso%20de%20'La%20%C3%9Altima%20Tentaci%C3%B3n%20de%20Cristo'%22

    Bueno, suerte en las pruebas y este trabajo.

  2. Sebastian Coulon Bauer opinó:

    October 2, 2006 @ 2:57 pm

    El fallo del estatuto de roma lo pueden encontrar en pdf en la pagina http://www.tribunalconstitucional.cl despues ponen “sentencias” y luego lo buscan en el año 2002. Ahi lo pueden bajar en pf si quieren.
    Saludos
    Sebastian C.

  3. Jorge Cortés-Monroy opinó:

    October 8, 2006 @ 2:03 pm

    Duda mundana:
    ¿Por qué en el fallo del estatuto de roma se habla reiteradamente del articulo 73 (y especificamente al inciso primero) como consagrando la independencia del poder judicial? A menos que mi texto tenga algun error de edicion o algo asi, el artículo 73 habla sobre la desaprobacion de un proyecto de ley por parte del Presidente del la República, sobre la insistencia y sobre cuestiones relacionadas. ¿No se referira el fallo al artículo 76 o al 77? Agradecería que alguien me lo aclarara.

  4. victor opinó:

    October 8, 2006 @ 6:50 pm

    Ley 20.050.
    El anterior art. 73 pasa a ser el art.76 de la Constitución de la República del nuevo texto refundido con las reformas realizadas el 2005.

  5. Paluska Solar Pleguezuelos opinó:

    October 8, 2006 @ 7:31 pm

    Una duda similar a la de Jorge Cortés-Monroy me surge respecto del nombrado artículo 80 de la Constitución, que según el texto habla de que la facultad de investigar hechos constitutivos de delitos es exclusiva del Ministerio Público, pero las atribuciones del Ministerios Público aparecen recién en el artículo 83 de la Carta Fundamenal
    ¿Esto también fue cambiado por la ley 20.050 o es un error del fallo?
    De antemano, gracias.

  6. Amaro Oróstica Ortega opinó:

    October 9, 2006 @ 11:58 pm

    Profesor, una pequeña consulta con respecto al trabajo:

    Después de haber leído los fallos, y revisando las preguntas para la ayudantía, ¿puede ser que la pregunta 1) del fallo del Estatuto de Roma esté cmabiado con el 2) del fallo de la Última tentación de Cristo? de cada fallo estén cambiadas? Es que en el fallo de la CPI no hay voto concurrente, y sí de minoría (Libedinsky); a su vez, en el fallo de la Última Tentación no hay voto de minoría, pero si concurrente (Cancado Trindade) (no tengo en este PC la cedilla). En caso de yo estar mal, ¿podría aclararnos brevemente lo que se entiende por “voto concurrente”? Como para saber el concepto y ser capaz de identificarlo, en el caso de que no se encuentre explícito en este o sucesivos fallos que eventualmente podamos ir viendo.

    Se le agradece de antemano

    Amaro Oróstica O.

  7. patricio opinó:

    October 11, 2006 @ 5:40 pm

    Estimado Amaro

    Efectivamente hay un error el que ya ha sido convenientemente corregido, puesto que el orden de las preguntas es el que usted ha señalado

    Saludos

  8. paola opinó:

    October 14, 2006 @ 11:48 pm

    Compañeros recuerden que el fallo es del año 2002 y por ende todo lo que no coencide es por que a esa fecha la “gran reforma del 2005″ todabía no acaecia..por ende tienen que guiarse por la antigua constitucion…es decir..la dejada por el tatita

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