Texto de Montesquieu “El Espíritu de las leyes”

Estimados Alumnos

Se encuentra disponible el extracto del texto “El espíritu de las Leyes”

Saludos Cordiales

8 Comentarios »

  1. Amaro Oróstica Ortega opin:

    August 9, 2007 @ 11:22 pm

    Estimado Profesor:

    Hoy 9 de agosto, tras un agradable, soleado y temperado día, y después haber compartido mi cama durante la tarde con Montesquieu, Hamilton, Madison, Jay y un Resfrío (y eso que mi cama es de plaza y media), me han surgido algunas dudas que a continuación expondré:

    1) No me queda claro como en El Federalista se considera el Poder Constituyente que dio origen a la Constitución de los EEUU. Se afirma en El Federalista, XXXIV (Madison):

    “Que el acto [de constituir] ha de ser federal y no nacional [...]; el acto del pueblo en tanto que forma determinado número de Estados independientes, no en tanto que componen una nación, se ve obviamente con esta única consideración, a saber, que no será resultado no de la decisión de una mayoría del pueblo de la Unión, ni tampoco de una mayoría de los Estados”

    Por lo descrito en los artículos posteriores, entendí perfectamente la forma de elección de los Representantes y de los Senadores, y los principios a los que respondían. Sin embargo, primero, no me queda claro si la elección de Representantes responde a una noción de soberanía popular, o de soberanía nacional, tal como la considera Montesquieu. Porque por un lado se afirma que lo más conveniente no es elegirlos del cuerpo entero nacional, sino que por localidades menores, debido a que así sería más fácil que se eligiesen hombres virtuosos y todo eso que ya había afirmado Montesquieu, pero por otro, a pesar de que la Constitución de EEUU empieza con el famoso “We, the people…”, en El Federalista en todo momento se habla de cómo este sistema bicameral responde a una forma de representar a la Nación (o cuerpo nacional, como ellos mismos lo llaman), y a los Estados (lo que explica por qué se eligen los representantes según el número de habitantes del Estado y los senadores la misma cantidad para todos los Estados de la Unión).

    Al final de cuentas, me salió todo una gran pregunta. Pero no se alarme, porque en lo sucesivo vendrán más, ya que también tengo unas dudas entre lo que Madison y sus amigos entienden por Democracia y algunas nociones que nos da el buen Rousseau, que las expondré en otra ocasión.

    Se despide atentamente.

    Amaro

  2. Pablo Ruiz-Tagle opin:

    August 10, 2007 @ 4:55 pm

    Estimado Amaro: Veo que en todo su resfrío ha estado con muy buena compañía. El Federalista es el principal texto de derecho constitucional y en algunas de sus partes es un texto dificil. Aunque no he tenido tiempo de revisar su cita y mis fuentes secundarias para aclarar su pregunta, lo que tengo claro es que el proceso constituyente de la Constitución Federal de 1787 se produjo por la ratificación popular de cada uno de los estados de la Unión. Eso explica por lo demás la existencia del texto de El Federalista que fueron los artículos con que se buscó la ratificación en cada Estado de la Constitución Federal y que tuvo la oposición de los Antifederalistas y otros. Espero que eso le sirva de respuesta por ahora. Cordialmente. Pablo Ruiz-Tagle.

  3. Pablo Ruiz-Tagle opin:

    August 10, 2007 @ 5:00 pm

    Para aclarar: El Federalista es un conjunto de artículos en la prensa, en los diarios de cada Estado que sirvieron para influir en la opinión pública para que aprobara la Constitución Federal de 1787, por eso son tal vez el acto de deliberación política y consttiucional más sofisticado que nunca se ha dado en la historia.La mayor parte de las demás Constituciones en Europa y America han sido adoptadas o impuestas por un grupo sin ejercicio alguno de deliberación.
    Cordialmente.
    Pablo Ruiz-Tagle.

  4. Amaro Oróstica Ortega opin:

    August 12, 2007 @ 8:54 pm

    Estimado Profesor:

    En realidad la pregunta que viene a continuación no tiene nada que ver con el contenido del curso, pero no se me ocurrió ponerla en otra parte. Tiene que ver con algunas conexiones que yo hago entre las ideas Roussonianas y el Fascismo, específicamente con respecto al concepto del “Espacio Vital” que podemos encontrar en “selectas” obras como el Mein Kampf.

    En los Capítulos VIII al X del Libro II de El Contrato Social, Rousseau se refiere al concepto de pueblo, y entre otras cosas, establece una relación entre el tamaño de los habitantes, el territorio, la productividad económica del mismo (en capítulos posteriores) y la administración del Estado, diciendo en resumen que mientras mayor sea la extensión territorial mayor debe ser el poder del Gobierno, así como mientras mayor y más concentrada territorialmente esté la población es mejor que mayor sea la fuerza del Gobierno, ya que según Rousseau es más fácil desarmar conspiraciones en territorios grandes y poco poblados que controlar al pueblo cuando este puede conspirar en forma rápida y súbita. Luego, propone que en caso de haber un exceso de población en relación a su territorio y/o la productividad del mismo, es conveniente que el exceso de población colonice otras tierras. Y acá me atrevo a hacer la conexión obvia con la noción del Espacio Vital Alemán, doctrina que para el nazismo justifica invasión a naciones “inferiores” como Polonia, Bohemia (Rep. Checa), o el proyecto de ocupar las estepas rusas que en el mismo Mi Lucha sale explicitado para asegurar la supervivencia y prosperidad del pueblo alemán. Asimismo, de acá se podría desprender que ante la extensión del territorio que ocuparía el pueblo… se necesita un gobierno más fuerte. O por qué no decirlo, despótico (totalitario). Total, el mismo Rousseau establece en su obra que para los diferentes pueblos no podemos aspirar a una misma forma de gobierno, en ningún caso democrático (“si los dioses existieran se gobernarían democráticamente; pero no es bueno un sistema tan perfecto para los hombres”), y en algunos casos republicano (como ejemplo que el pone, las naciones del Midi mediterráneo).

    Se que una posible respuesta a mi pregunta sería retrotraerme al concepto de voluntad general y pueblo ciudadano. Sin embargo, ¿acaso el fascismo también no propone una concepción de la sociedad tal que todos los individuos son miembros de un cuerpo social llamado “nación”, valiendo como tales en tanto sean parte de esta nación, y Rousseau dice que “en la voluntad general cada miembro es considerado como una parte indivisible del todo”, pasando de ser simples humanos a un estadio moral superior llamado “ciudadano”? Si bien la coyuntura política en que escribió Rousseau y en la que surgió el fascismo es distinta, ¿no existe, acaso, una similitud conceptual entre ambas propuestas, sin perjuicio de que la propuesta de Rousseau tenga también una interpretación profundamente democrática (siendo la más extendida)?

    Espero no haberle quitado mucho tiempo ni estarle quitando espacio vital, y de antemano, gracias por contestar a mis preguntas, comentar mis ideas o aclararme los posibles errores que en mi interpretación de Rousseau y/o del fascismo pueda tener, porque errar es humano (pero no Institutano).

    Saludos Cordiales

    Amaro

  5. Pablo Ruiz-Tagle opin:

    August 13, 2007 @ 5:45 pm

    Estimado Amaro: La relación entre Rousseau y Mein Kampf no la he estudiado, pero se que existe un potencial autoritario y hasta totalitario en algunas doctrinas de Rousseau. En este curso vamos a tocar el tema de la Republica extendida en El Federalista y otras ideas conexas. Cordialmente. Pablo Ruiz-Tagle

  6. Paulina Cabrera opin:

    August 14, 2007 @ 12:11 pm

    Estimado profesor:

    Leyendo los comentarios de Amaro, reafirmo la idea de que nuestras lecturas han de ser, por sobre todo, críticas y cuidadosas. Todo autor tiene diversas posibilidades de interpretación, desde el inocente Montesquieu con su idea de la separación de los poderes que se plantea como la base de lo que esperamos para nuestro sistema constitucional puede aparecérsenos un poco más “peligroso”, por decirlo de algún modo, al fijarnos en su idea de poder legislativo con un fuerte elemento aristocrático de carácter hereditario.

    ¿Cómo conjugar eso con los ideales constitucionalistas de democracia, participación y representación?.

    En mi opinión, es importante tener presente el contexto que rodeó a nuestros autores de referencia. Es claro que Montesquieu, así como Russeau y otros tantos no sólo están contagiados sino que son parte central de la Modernidad (entendida como concepto sociológico-histórico) y las ideas que ésta significa como la promesa de la Libertad de los hombres a través de la razón, lo que se expresa en estos modelos que intentan racionalizar la acción del poder, a pesar de, como critica Carré de Malberg el supuesto de igualdad potencial en la capacidad de freno entre los distintos poderes no ha sido observada en la realidad.

    A mi juicio, la lógica de la Modernidad también se evidencia en otros conceptos como la “estabilidad”, el cual se ha transformado en el principal argumento de quienes se oponen a los cambios y modificaciones necesarias para la construcción de un sistema más democrático y representantivo, generando una especie de temor colectivo y reticencia a la participación activa de los ciudadanos, lo que se traduce en una pérdida de interés tanto en la defensa y el ejercicio de nuestros derechos (el derecho a voto, por ejemplo) como en la creación de relaciones de coordinación y actividades que, si bien no son una postulación a un escaño parlamentario, sí constituyen formas de acción política que debiésemos utilizar y salvar de la desvalorización en la que han quedado relegadas.
    Este invento (el pánico al movimiento ciudadano) es la herramienta que han usado algunos para mantenerse en posiciones de poder y continuar con la exclusión de determinados sectores políticos al punto de disminuir la representatividad y legitimidad política a niveles impresentables, además de constituirse como una (mala) justificación de la concentración del poder en un órgano como el Ejecutivo por razones de una estabilidad supuesta que sólo termina transformándose en un autoritarismo que pone en riesgo nuestra libertad.
    ¿Cómo defendernos sino con acción y crítica?.

  7. Pablo Ruiz-Tagle opin:

    August 14, 2007 @ 4:29 pm

    Estimada Paulina: La felicito por su reflexión que es muy atinada. La combinación de elementos democraticos, monarquicos y aristocraticos es la base del gobierno mixto que en distintas formulaciones sirve para organizar la democracia representativa. La tensión entre la representación y la participación es uno de los principales dilemas del constitucionalismo actual. A mayor representación menos participación y vice versa. Sobre esos temas está articulado el libro LA REPUBLICA EN CHILE, tal como se explica en su introducción y su conclusión. En Chile hemos exacerbado el elemento representativo y menoscabado la participación. Lo ideal es buscar un mayor equilibrio entre estos dos principios políticos tan centrales al proyecto del constitucionalismo. Saludos cordiales. Pablo Ruiz-Tagle.

  8. Juan Pablo Carrillo opin:

    August 19, 2007 @ 6:21 pm

    Siguiendo los argumentos esgrimidos por Paulina, y lo que plantea el profesor, no puedo dejar de señalar que una de las características de la modernidad es ver como dicotómicas distintas relaciones, y en el caso de la representatividad/participación, esto no deja de tener importancia, pues muchas veces el pensamiento moderno ha visto dicha tensión, como algo que sólo se puede solucionar unilateralmente, es decir, de manera en que uno de los dos elementos prevalezca de manera aplastante sobre el otro. ¿Como lograr conjugar ambos principios? ¿Es posible para el movimiento constitucionalista hacerlo? o bien ¿Las lógicas de este se lo impide? Por qué un asunto es plantear que queremos conjugar de manera armónica representación y participación, y la otra es que sea un proyecto político e institucional viable, en sus propios términos.

    No acaso deberíamos hacer un estudio más acucioso del todo social, para entender un poco como que es históricamente llegamos constituir nuestra institucionalidad, ver a que intereses sirve. O es simplemente casual que el lenguaje de la “autoridad”, la “estabilidad”, y otros conceptos, sean tan recurrentes en el mundo político chileno y latinoamericano. ¿No habrá temor en una parte importante de la sociedad? Hasta el momento nos hemos preocupado de cuestiones meramente institucionales, hablamos de la Constitución gatopardo, que mientras más se reforma, más consolida su núcleo duro. Ese decimos fue el legado de la dictadura. Pero hablamos acaso del temor, del miedo a expresarse libremente, a organizarse, a luchar por lo que se considera justo, que el régimen militar infundió al pueblo. ¿Nos hemos preguntado si acaso realmente el pueblo chileno desea ser el soberano, o es que acaso prefiere andar preocupado de la última moda, o de con quién se acostó Cecilia Bolocco? No se trata como ingenuamente creen algunos que el pueblo no está preparado e instruido para su autogobierno, y centran la discusión en ese tópico.

    Toda esta situación ¿a quién favorece? ¿Qué intereses persigue? Sino es a una minoría, que siempre será minoría, que se ha perpetuado en el poder de la sociedad, utilizando para ello distintos recursos, desde la represión y violencia física, hasta un discurso de atracción y cooptación de los sectores populares. ¿Acaso nuestra institucionalidad no es un velo legitimador de esta minoría? ¿Acaso algo se dice la violencia que se esconde superficialmente y se intenta escindir de la política?

    Defendernos con acción y crítica, nos dice Paulina…yo reafirmo lo anterior citando a un viejo barbudo alemán quién nos llamaba a hacer “una crítica despiadada contra todo lo existente”

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