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	<title>Pablo Ruiz-Tagle Vial</title>
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	<description>Blog de Curso de Derecho Constitucional, Universidad de Chile</description>
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		<title>COMENTARIO A PROYECTO DE LEY ANTI MOVILIZACION.</title>
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		<pubDate>Tue, 03 Jan 2012 20:13:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[CONTRAPUNTO (REVISTA DEL ABOGADO No.53, Diciembre 2011) RESPONSABILIDAD DE LOS MANIFESTANTES. ¿PROTECCIÓN DE PERSONAS Y BIENES, O COERCIÓN DE LA LIBERTAD? MODIFICACIÓN AL DECRETO 1086 QUE REGULA LAS REUNIONES PÚBLICAS 1. Este nuevo proyecto ¿contiene normas que hacen compatible el derecho a realizar manifestaciones y protestas con el resguardo del orden público y la propiedad, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>CONTRAPUNTO (REVISTA DEL ABOGADO No.53, Diciembre 2011)<br />
RESPONSABILIDAD DE LOS MANIFESTANTES. ¿PROTECCIÓN DE PERSONAS Y BIENES, O COERCIÓN DE LA LIBERTAD?</p>
<p>MODIFICACIÓN AL DECRETO 1086 QUE REGULA LAS REUNIONES PÚBLICAS</p>
<p>1.	Este nuevo proyecto ¿contiene normas que hacen compatible el derecho a realizar manifestaciones y protestas con el resguardo del orden público y la propiedad, o bien establece requisitos desproporcionados que vulnerarían el derecho a reunión establecido en la Constitución?</p>
<p>El Mensaje del Proyecto No.196-359 se funda en una idea decimonónica de Estado Policial que es contraria a los principios de un Estado Social y Democrático de Derecho y la participación ciudadana del art. 1 y el derecho de reunión del 19 No.13, principios que están asegurados en la Constitución vigente y derechos reconocidos del el art. 21 y 25 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y del art.15, 22 y 23 del Pacto de San Jose. Además el proyecto concibe la autoridad por encima de los ciudadanos y afecta el derecho de libre expresión del art.19 No.12 de la Constitución  y valida el DS 1086 de la dictadura, que tiene vicios de inconstitucionalidad formal y material y que ha sido impugnado por inconstitucional ante la Contraloría. Muchos jueces, abogados y ciudadanos han criticado el proyecto del gobierno por regular materias ya contempladas en el Código Penal o la Ley de Seguridad del Estado, por agravar las penas y por entregar más poder al gobierno y la fuerza pública, en circunstancias que las que tiene ya son suficientes. Los únicos defensores del proyecto han sido sus redactores, el gobierno que lo ha presentado y  la sección más forofa de sus parlamentarios.</p>
<p>2.	El hecho de que los organizadores de toda reunión o manifestación pública deban solicitar autorización previa al intendente o gobernador respectivo, como plantea  el proyecto, ¿establece una petición de autorización que no tiene legitimidad en un sistema democrático? </p>
<p>La  Constitución  prohíbe condicionar o impedir las reuniones ciudadanas mediante un permiso administrativo o político discrecional y solo permite establecer restricciones generales, razonables y proporcionales al derecho de reunión. El DS 1086 que ha tenido su origen en la dictadura, ha sido validado y aplicado por el gobierno de modo contumaz y con ello se ha coartado el derecho de reunión y se ha afectado su contenido esencial, justamente por imponer la exigencia de permiso previo y/o de reprimir su ejercicio.</p>
<p>3.	En el caso de manifestaciones espontáneas, por ejemplo por triunfos deportivos, ¿cómo se aplicará la exigencia de solicitar dicha autorización previa?</p>
<p>En el caso de reuniones espontáneas no es posible aplicar la exigencia del permiso previo del DS 1086. Esto muestra lo arbitraria y desproporcionada que es esta condición, que sólo se aplicaría a las reuniones programadas que tienen organizadores responsables. </p>
<p>4.	En la práctica, ¿la autorización para una reunión o manifestación quedaría radicada en el intendente o gobernador  respectivo?</p>
<p>Al derecho de reunión se impone el permiso previo del DS 1086 que es otorgado de modo caprichoso y arbitrario. Se trata de una regulación que contradice el contenido esencial del derecho de reunión, según se ha dispuesto en el artículo 19 No.13 de  la Carta Fundamental. La autoridad y la policía deben proteger la ciudadanía que se reúne en lugares públicos y no promover su enemistad y/o represión. </p>
<p>5.	El proyecto plantea que si se provocan daños a las personas o a bienes privados, las víctimas podrán perseguir la responsabilidad de los organizadores ante los tribunales de justicia. ¿Esto implica que la convocatoria a una protesta podrá ser calificada como una conducta delictiva, sujeta a una sanción penal? ¿Ello actuaría como un disuasivo para el derecho a libre expresión de las organizaciones?</p>
<p>El proyecto evoca la dogmática penal del siglo XIX que responsabiliza al fabricante de la cama del adulterio. Tiene normas semejantes a los añejos y hoy felizmente derogados artículos 1 No.11 y 12 y 2 No.1, 2 y 4 de la Ley 6.026 sobre seguridad interior del Estado, publicada en el Diario Oficial el 12 de febrero de 1937 y que fueron revividas en los artículos 1 y 2 de la Ley 8.897 publicada el 18 de octubre de 1948, también conocida como “Ley Maldita”. Además valida un sistema de censura y control político y administrativo semejante al impuesto en la dictadura militar. Exime de la actuación de la policía del control del Ministerio Público y  los jueces de garantía en la obtención de supuestas “pruebas”. Con ello contradice los principios más básicos de la reforma procesal penal. El proyecto busca criminalizar el ejercicio del derecho de reunión y desmovilizar la ciudadanía con el abuso de la ley penal. Es una propuesta rancia y autoritaria, que contradice la política democrática. Desconfía de la reunión, de la movilización pacífica y de la deliberación ciudadana. Es inaceptable como en Chile los espacios públicos son entregados en concesión a privados para fines de publicidad y comercio, al mismo tiempo que las plazas y calles se niegan para el uso ciudadano y para expresarse en democracia.&amp;</p>
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		<title>UNIVERSIDAD DE CHILE CUMPLE LEY DE TRANSPARENCIA</title>
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		<pubDate>Tue, 13 Dec 2011 19:54:36 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[Situación Ley 20.285, sobre acceso a la información pública, en relación a la U. de Chile Se informa a la comunidad universitaria que la Universidad de Chile se desistió del recurso de queja interpuesto ante la Excma. Corte Suprema, cuyo objeto era que se revisara la decisión de la 5ª Sala de la I. Corte [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Situación Ley 20.285, sobre acceso a la información pública, en relación a la U. de Chile</p>
<p>Se informa a la comunidad universitaria que la Universidad de Chile se desistió del recurso de queja interpuesto ante la Excma. Corte Suprema, cuyo objeto era que se revisara la decisión de la 5ª Sala de la I. Corte de Apelaciones de Santiago, de 14 de diciembre de 2010, que rechazó un reclamo de ilegalidad interpuesto por esta Institución de Educación Superior, relativo a la aplicabilidad o no de las normas de la Ley N° 20.285 a esta Universidad. </p>
<p>Cabe recordar que la decisión de recurrir ante dichas instancias judiciales se adoptó en virtud de la posición institucional adoptada por la Universidad de Chile, a través de su Consejo Universitario, en el mes de abril de 2009 y ratificada en el mes de mayo de 2010, sustentada en la autonomía que le ha conferido el Estado de Chile a su Universidad, para el cumplimiento de su función y misión, a saber “la generación, desarrollo, integración y comunicación del saber en todas las áreas del conocimiento y dominios de la cultura”. Entonces, no se trataba de negar el carácter público de la Universidad, sino de exigir el respeto debido que todos deben dar a su autonomía. </p>
<p>La Universidad de Chile siempre ha reconocido que es un órgano del Estado, pero también ha defendido que la normativa aplicable a esta Institución de Educación Superior la dotan de particularidades únicas y diferentes a otros órganos y servicios del Estado, y por ello no puede ser tratada como un servicio público que cumple una función administrativa. En efecto, la autonomía de la Universidad de Chile se expresa en que el marco jurídico que la rige es distinto y especial en relación con los demás Órganos del Estado. Este Estatuto la aparta del régimen común de los servicios públicos pues ella misma determina sus políticas y las ejecuta, sus autoridades son autogeneradas a través de procedimientos democráticos y goza de derechos fundamentales bajo esa calidad. Asimismo, en el ámbito de la transparencia, es necesario recordar que  todos los actos de la Universidad son revisados y auditados por la Contraloría General de la República, sus estados financieros y contables son auditados por empresas auditoras externas y publicados en medios de circulación nacional, y todos sus procesos de adquisición de bienes y provisión de servicios se someten a la ley sobre compras públicas. Estos requerimientos de transparencia activa y pasiva solo se exigen, según la legislación actual, a las universidades estatales y no al resto del sistema universitario privado, no obstante que ellas también reciben fondos públicos, y en algunos casos, de montos mayores que las universidades estatales. </p>
<p>Es pertinente señalar que la decisión de desistirse del recurso de queja se adoptó luego de tomar conocimiento de la sentencia del Excmo. Tribunal Constitucional, de fecha 17 de noviembre de 2011, que estableció que la Universidad de Chile es un servicio público creado para la función administrativa y, por ende, se le aplica la Ley Nº 20.285, quedando sujeta a la fiscalización del Consejo para la Transparencia, en lo referido a transparencia activa y pasiva. </p>
<p>Por las razones anteriores y con el objeto de dar estricto cumplimiento a lo dictaminado por los Tribunales de Justicia, se informa que la Universidad de Chile sujetará su accionar a las normas de la referida Ley N° 20.285. </p>
<p>Conforme a lo anterior, una vez que quede ejecutoriada la decisión del Consejo para la Transparencia, la Universidad de Chile, en el plazo de 5 días hábiles, procederá a hacer entrega, al solicitante, de los antecedentes requeridos, esto es, copia íntegra y fiel de las Actas de la Comisión Ad-Hoc de Claustro de la Facultad de Derecho, y de la nómina del personal que desempeña funciones en la referida Facultad, con sus respectivas remuneraciones, funciones, cargos, grados e inicio de funciones. Estos antecedentes también se podrán en la página web de la Universidad.</p>
<p>Asimismo, se impartirán las instrucciones pertinentes para que, a la brevedad posible, la Universidad de Chile complemente la información publicada en el sitio web institucional relativa a transparencia activa, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley N° 20.285, especialmente los antecedentes relativos a la planta del personal y el personal a contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones.” </p>
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		<title>AMPLIADO OCEANOS AZULES &#8211; HOTEL NERUDA &#8211; 28 NOVIEMBRE 2011 &#8211; AV. PEDRO DE VALDIVIA 164 18:30PM</title>
		<link>http://www.pabloruiz-tagle.cl/blog/2011/11/17/ampliado-oceanos-azules-hotel-neruda-28-noviembre-2011-av-pedro-de-valdivia-416-1830pm/</link>
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		<pubDate>Thu, 17 Nov 2011 23:47:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[INVITACION REUNION AMPLIADA OCEANOS AZULES Estimadas(os) amigas (os)-ciudadanas (os): Después de un largo tiempo de reflexión después de la derrota electoral, y de retomar el ritmo normal de nuestras vidas, escribimos afines del año pasado un documento denominado “Una Coalición de Ciudadanos Por La Democracia” ( Ver en http://www.g80.cl/documentos/docs/oceanos_azules_enero_2011.pdf) que contiene una profunda y abierta [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>INVITACION REUNION AMPLIADA OCEANOS AZULES</p>
<p>Estimadas(os) amigas (os)-ciudadanas (os): Después de un largo tiempo de reflexión después de la derrota electoral, y de retomar el ritmo normal de nuestras vidas, escribimos afines del año pasado un documento denominado “Una Coalición de Ciudadanos Por  La Democracia” ( Ver en http://www.g80.cl/documentos/docs/oceanos_azules_enero_2011.pdf)<br />
que contiene una profunda y abierta  crítica y autocrítica a la centro izquierda, y las razones por las cuales los chilenos prefirieron elegir un gobierno de derecha. Pensábamos que la hora de la catarsis era el año pasado y eso hicimos. </p>
<p>Una descarnada revisión de los errores para enmendarlos a tiempo. Porque advertimos supusimos y acertamos que el modelo político y económico había tocado fondo, derivando en un agotamiento de las estructuras políticas, las instituciones, abusos contra las personas y desigualdad, propusimos un programa de gobierno progresista, que planteaba introducir cambios profundos partiendo por una Nueva Constitución para el Bicentenario. Muchos no nos creyeron. Pensaron que éramos un grupo de soñadores sin experiencia política. Apostaron al continuismo, a lo establecido y a una supuesta solidez del equipo económico de la concertación.  Sin embargo, lo que hoy sucede en Chile demuestra en forma irrefutable que el diagnóstico era correcto y que la desigualdad en la educación, en la salud, en la estructura tributaria, en la legislación laboral, entre Santiago y las Regiones, y entre el mundo político y los ciudadanos, por citar solamente algunos ejemplos, los chilenos no estaban dispuestos a tolerarla más. Después de casi dos años, las mismas razones que nos inspiraron para ser audaces y enfrentar sin miedo a la tecnocracia y a la máquina política, nos llevan a auto convocarnos, para analizar lo que sucede y para reorganizarnos. Además que los jóvenes que han protestado requieren nuestro apoyo. No vamos a dejarlos solos, ni permitir que los doblegue el gobierno o tengan que entregarse a lo “inevitable” de las organizaciones políticas. Entonces, urge reunirnos. Con el mismo espíritu de siempre, con ganas de escuchar, con ideas e ideales, con transparencia y abriendo espacios de participación. La gratuidad y calidad que los chilenos demandan en la educación también debe exigirse a la actividad política.  </p>
<p>Por todo esto, los invitamos a participar de una reunión-encuentro el próximo Lunes 28 de Noviembre en el Hotel Neruda, ubicado en Pedro de Valdivia #164, Providencia (Metro Pedro de Valdivia), a las 18:30 Hrs. que es donde partimos.  Igual como señalaba Luis de León en la Universidad de Salamanca, retomamos el camino: “Como decíamos ayer………”  Confirmar a correo electrónico: oceanos.azules01@gmail.com o ampliadoceanosazules@gmail.com </p>
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		<title>CENSURA SOBRE JAIME GUZMAN EN PAGINA WEB DE DERECHO PUC &#8211; DECANO ROBERTO GUERRERO SE NIEGA A PUBLICAR REPLICA A PROF. GONZALO ROJAS DE RENATO CRISTI</title>
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		<pubDate>Fri, 02 Sep 2011 14:21:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[Cristi y Guzmán Gonzalo Rojas (Publicado en pagina web de Facultad de Derecho PUC el día 2 de agosto 2011 que motivo la censura por negación del derecho a réplica) En un reciente artículo, publicado esta vez en Diario Financiero, Renato Cristi ha vuelto a desfigurar el pensamiento de Jaime Guzmán. A partir de un [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Cristi y Guzmán<br />
Gonzalo Rojas<br />
(Publicado en pagina web de Facultad de Derecho PUC el día 2 de agosto 2011 que motivo la censura por negación del derecho a réplica)</strong><br />
	En un reciente artículo, publicado esta vez en Diario Financiero, Renato Cristi ha vuelto a desfigurar el pensamiento de Jaime Guzmán. A partir de un editorial de la revista Realidad de 1982, Cristi “hace decir” a Guzmán, cosas que nunca escribió.<br />
	En primer lugar, el rigor de Cristi queda muy puesto en duda, al atribuirle el editorial de la revista a Jaime Guzmán, a pesar de que no lleva su firma. Si el historiador nos hubiese consultado, habría recibido la respuesta adecuada: Los editoriales eran redactados por variadas personas, entre ellas ciertamente Guzmán, pero con frecuencia respondían a otras plumas, a otros miembros del Comité Editorial.<br />
	Pero eso es casi lo de menos al compararlo con las lecturas antojadizas que hace Cristi de lo que sostiene el editorial. Veamos sólo tres:<br />
	Cristi afirma que cuando el editorial sostiene que “el ejercicio directo de la tarea universitaria [sea] asumido en mayor volumen por la actividad particular, ella queda entonces “sometida a la logica del mercado” (estas son las palabras conclusivas de Cristi). No fluye conceptualmente. La concurrencia de particulares y Estado en la oferta de un bien o servicio es siempre asimétrica y nunca implica, por lo tanto, un supuesto sometimiento a la lógica del mercado. El Estado no es nunca uno más sometido a esa lógica… justamente porque regula mucho o poco, pero regula al fin… los mercados. No fluye históricamente. Hasta 1980 había 6 universidades privadas y 2 del Estado. De acuerdo al error conceptual de Cristi, entonces, ya imperaba la “lógica del mercado” y nada nuevo habría sido introducido con la legislación de 1980-1.<br />
	En segundo lugar, Cristi afirma que “Guzmán rompe con la doctrina social de la Iglesia” porque “es verdad que la doctrina pontificia propone la función subsidiaria, pero enfatiza en igual medida la función solidaria del Estado por la que se legitima su capacidad para defender, articular y promover los intereses colectivos.” Pero ¿dónde dice tal cosa el editorial? ¿Cuando afirma la necesidad de conseguir “la gradual desestatización de nuestra estructura universitaria” está pidiendo que el Estado sea prescindente en el tema o que participe estimulando un mayor compromiso de los particulares con la educación, lo que ciertamente es también una función solidaria? Obviamente, lo segundo.<br />
	Finalmente, Cristi afirma que Guzmán (el editorial, en verdad) “rompe con el republicanismo en Chile” porque “tradicionalmente, las universidades fueron instituciones que impartían educación cívica, al igual como lo hicieron históricamente nuestros institutos militares; no fueron instituciones subsidiarias, sino que en ellas se cultivó la solidaridad entre jóvenes de diferente proveniencia social, diferentes credos y diferentes comunidades étnicas.”<br />
	Lo curioso es que Cristi olvida que 6 de esas 8 universidades eran -y siguen siendo- de propiedad privada y que si cumplieron era tarea lo hicieron desde variadas ópticas -laica, cristiana, científica, regional- y no desde una sola mirada supuestamente estatal, practicando así la subsidiariedad en consonancia con el republicanismo. ¿Qué le impediría a las nuevas universidades de propiedad privada continuar con la tarea de sus antecesoras?<br />
	Esto de mirar los textos con lupas opacas produce ceguera.</p>
<p><strong>Respuesta a Gonzalo Rojas<br />
Renato Cristi<br />
(Réplica de Renato Cristi censurada respecto de la que se negó el derecho a réplica en página web de Facultad de Derecho, PUC)</strong><br />
	En “Cristi y Guzmán”, Gonzalo Rojas me acusa de falta de rigurosidad intelectual por no consultar con él acerca de la autoría efectiva de los editoriales anónimos publicados en la revista Realidad. No lo hice  porque Rojas no perteneció al comité editorial de esa revista. En enero de 1992, hice la consulta correspondiente a Ernesto Illanes, director de esa revista, quien tuvo la gentileza de indicarme los editoriales redactados por Guzmán. Tengo una carta fechada 11 de mayo, 1992, de Patricio Dussaillant, director de la Fundación Jaime Guzmán, que confirma lo que me señalo Illanes. El editorial en cuestión aparece en la lista facilitada por Illanes.<br />
	En lo sustantivo, Rojas me dirige tres objeciones. En primer lugar, Rojas no cita el texto completo de lo afirmado por Guzmán. Guzmán indica que el Estado debe estimular la iniciativa privada con el fin que “el ejercicio directo de la tarea universitaria [sea] asumido en mayor volumen por la actividad particular.” Y luego reconoce que el objetivo último de la reforma de 1981 es “la gradual desestatización de nuestra estructura universitaria.”  Que 6 de la 8 universidades existentes a la fecha hayan sido privadas no significa que no hayan sido todas ellas, como efectivamente lo fueron, básicamente financiadas por el Estado, y por tanto no sometidas a la lógica del mercado.<br />
	En segundo lugar, cuando afirmo que Guzmán rompe con la doctrina social de la Iglesia lo hago por su énfasis exagerado en el principio de subsidiaridad en desmedro del principio de solidaridad. Y ello por razones conceptuales. En 1969, en su condena al estatismo,  Guzmán observa con horror que “el Estado ha ido invadiendo y controlando progresivamente los más variados campos de la actividad nacional.” Lo que Guzmán teme  es que el “omnímodo poder estatal caiga en manos de un Gobierno que esté dispuesto a emplearlo en forma inflexible e inescrupulosa,” como reconoce que ha sucedido en Chile “con el advenimiento al Poder del Partido Demócrata Cristiano.” Ya en esa época Guzman piensa que la solución es el papel subsidiario estatal, que  “recoge su savia” de una “honda raíz filosófica.” Guzmán describe esa raíz de este modo: “El hombre goza de una prioridad ontológica y de finalidad respecto de la sociedad. De ello se deriva que el Estado es un instrumento que debe estar al servicio del hombre, y no al revés. Ya que, mientras el hombre  – ser substancial – tiene un destino eterno, el Estado – ser relacional – agota su existencia perecedera dentro del tiempo.” Esta extraordinaria afirmación filosófica, que Guzmán incluirá  en la Declaración de Principios de la Junta de Gobierno,  presenta al Estado como un mero instrumento para los fines del individuo, y como un puro ser relacional afecto a la contingencia, Al negar la necesidad ontológica del Estado, Guzmán socava el principio de solidaridad y  reduce el bien común a una mera convergencia de bienes particulares. Esto coincide  con el anti-estatismo de Hayek que explícitamente niega la noción de bien común y reduce al Estado a la suma contractual de individuos<br />
	Finalmente, el hecho que las 8 universidades tradicionales hayan sido  financiadas básicamente por el Estado permitió una educacion superior casi gratuita y sin la marcada segmentación social anti-republicana que existe hoy en día. Hay que notar que en 1967 el gobierno de Eduardo Frei impulsó una reforma universitaria para profundizar la democracia en la educación superior, reforma que Guzmán buscaría refutar intelectualmente en su Memoria de Prueba,  Teoría sobre la Universidad de 1970. </p>
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		<title>MINUTA DE ALEGATO ANTE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ROL 2025 SOBRE POSNATAL -14 DE JULIO 2011</title>
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		<pubDate>Wed, 20 Jul 2011 16:20:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[MINUTA EXPOSICION AUDIENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL JUEVES 14 DE JULIO 10:00 HORAS SECCIÓN TERCERA ANÁLISIS DOGMÁTICO CONSTITUCIONAL DEL REQUERIMIENTO Francisco Zúñiga y Patricio Zapata analizaron la falta de presupuestos procesales (fs. 495 a 504) y la jurisprudencia vinculada al requerimiento interpuesta ante el Tribunal Constitucional (fs 505 a 514). El requerimiento no cumple los presupuestos formales [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>MINUTA EXPOSICION AUDIENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL JUEVES 14 DE JULIO 10:00 HORAS<br />
SECCIÓN TERCERA<br />
ANÁLISIS DOGMÁTICO CONSTITUCIONAL DEL REQUERIMIENTO<br />
Francisco Zúñiga y Patricio Zapata analizaron la falta de presupuestos procesales (fs. 495 a 504) y la jurisprudencia vinculada al requerimiento interpuesta ante el Tribunal Constitucional (fs 505 a 514). El requerimiento no cumple los presupuestos formales del Art. 93 No.3 de la Carta Fundamental, por no existir norma objeto de control y contradice la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.<br />
La pregunta que nos queda por resolver es la por qué el Gobierno toma la opción de actuar por esta vía, cuál es el argumento racional y jurídico que nos lleva a este encrucijada.<br />
En el escrito que hemos acompañado al Tribunal hemos profundizado en el fundamento constitucional y de garantía efectiva de los derechos fundamentales que tienen las actuaciones ejecutadas por el H. Senado y que han sido objeto del requerimiento de inconstitucionalidad formulado por el Presidente de la República (fs. 504 a 538).<br />
Está en juego en este requerimiento la interpretación, aplicación y vigencia efectiva, sistemática y finalista de los derechos fundamentales de la Constitución. También el concepto y valor de la dignidad, la protección de la familia, los derechos del niño, el principio que los subsidios ligados a seguridad social deben expresar el valor de la igualdad constitucional y fundarse en derecho, no sólo en argumentos discrecionales tecno burocráticos, y la exigencia de no arbitrariedad que dispone el Art. 19 N°.2.<br />
	Abordamos además el rol privilegiado del legislador democrático en relación a la garantía de reserva legal y competencia del Parlamento en la configuración de los derechos fundamentales (fs 504 a 533) y en la protección, promoción, aplicación y regulación de los derechos económicos y sociales (fs. 533 a 535).Adicionalmente, fundamos en derecho las obligaciones mínimas, no susceptibles de limitarse o restringirse alegando un fundamento de focalización o de consideración de eficiencia o racionalidad de los recursos económicos del Estado, que sea caprichoso o infundado, y la progresividad de los derechos sociales que importa la prohibición de regresividad en el tiempo (fs. 536).<br />
El principio de la regresividad implica jurídicamente que si se crea una distinción en función de alguno de los factores enumerados en normas que establecen una prohibición expresa de arbitrariedad, ya sea constitucional o contenida en tratados internacionales de derechos humanos, puede existir una presunción de ilegitimidad constituyendo una categoría sospechosa y debiendo estar sometida a un escrutinio estricto por parte del órgano constitucional encargado de evaluarla. Esta tarea toca a cada colegislador, en este caso el Presidente de la República y el H. Senado. Por cierto, corresponde ponderarla al juez constitucional en el procedimiento donde se cumplan los supuestos formales de su impetración, supuestos que no se cumplen este caso según dispone el Art 93 No. 3.<br />
Explicamos ahora como el requerimiento deforma la iniciativa exclusiva para alterar el iter legislativo constitucional y reducir y/o eliminar, las atribuciones de rechazo parcial y votación separada en la determinación del gasto que corresponden a H. Senado y el rol del Tribunal Constitucional en el ordenamiento jurídico chileno vigente y en el contexto de nuestro sistema político democrático.</p>
<p>1) El intento del Requerimiento de distorsionar la iniciativa exclusiva para reducir las atribuciones constitucionales del H. Senado.<br />
 Entendemos el requerimiento presentado por el Gobierno como un intento de tergiversar el sentido y alcance de la iniciativa exclusiva del Presidente de la República.  Así lo comprobamos al analizar la equivocada referencia que hace de las ideas de Alejandro Silva Bascuñán, Elías Navarro y Felipe de la Fuente y también en los trabajos de Sebastián Soto y Teodoro Ribera que se desvían de las ideas que se exponen en el requerimiento. Todos ellos son partidarios de una perspectiva equilibrada de la atribución de iniciativa exclusiva presidencial que no se condice con lo expresado en el requerimiento (fs. 539 a 544).<br />
Se ha invocado la historia política y económica para distraer la atención y negar la atribución constitucional que tiene el Congreso de participar en la determinación de la legalidad del gasto, por la vía del rechazo parcial y la división en la votación de un proyecto de ley. Se niega al Senado la atribución de  dividir una oración de un artículo de un proyecto de ley o no, y rechazar un proyecto de ley con iniciativa exclusiva del Presidente de la República, atribución que tiene fundamento constitucional y legal incluso para el caso que con ello se genere como efecto colateral un mayor gasto como ha resuelto US. Excma. El H. Senado que tenemos el honor de representar concluye que dicha cuestión se encuentra resuelta en la Constitución y la ley y que en ningún caso puede ser considerada inconstitucional:<br />
•	La división de la votación es una cuestión que está entregada por el constituyente a la ley y a los reglamentos de las Cámaras. Con texto expreso el artículo 55 de la Constitución establece que una ley orgánica constitucional regulará: “todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley”.<br />
•	La Ley 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional (en adelante denominada LOCCN), establece taxativamente sólo dos casos en que no procede dividir  la votación en el caso de las observaciones del Presidente y el artículo 35 de la citada ley señala “Cada observación formulada por el Presidente de la República a los proyectos de ley o de reforma constitucional aprobados por el Congreso, deberá ser aprobada o rechazada en su totalidad y, en consecuencia, no procederá dividir la votación para aprobar o rechazar sólo una parte. Con este objeto, se entenderá que constituye una observación, y una sola votación deberá comprenderla totalmente, aquella que afecte a un determinado texto del proyecto, sea a todo el proyecto como tal, sea a parte de él, como un título, capítulo, párrafo, artículo, inciso, letra o número u otra división del proyecto, según lo precise el Presidente de la República. Si el Presidente separase sus observaciones con letras o números, cada texto así diferenciado será considerado una sola observación.” El artículo 30 de la misma LOCCN dispone que las proposiciones de las Comisiones Mixtas que no pueden ser objeto de indicaciones, se votan en conjunto.<br />
•	El artículo 35 antes citado es ilustrativo porque señala justamente el caso en la especie, es decir, establece una prohibición respecto de aquellos proyectos en los que no procede la división de la votación, señalando lo que no puede hacer el Congreso y dice: “Cada observación formulada por el Presidente de la República a los proyectos de ley o de reforma constitucional aprobados por el Congreso, deberá ser aprobada o rechazada en su totalidad y, en consecuencia, no procederá dividir la votación para aprobar o rechazar sólo una parte”.<br />
•	Los reglamentos de ambas Cámaras  que reproducen la norma legal consagran justamente esas dos prohibiciones en distintos artículos que reflejan la aprobación o el rechazo antes mencionado. Si se establecieran otros casos sería ilegal e inconstitucional, porque el constituyente en el artículo 55 antes citado de la LOCCN mandató a la ley, al legislador orgánico y al reglamento de las cámaras, en la medida que reflejen el mandato legal, para regular; “todo lo relacionado con la tramitación interna de la ley”. Se destaca la palabra “todo”  en esta oración<br />
•	El H. Senado entonces ejerció en el caso a que se refiere el requerimiento la atribución que le confiere el inciso final del artículo 65 de la Constitución, esto es, “rechazar” un inciso referido a derechos, y subsidios y “demás iniciativas que sobre la materia” le propuso el Presidente de la República. En otras palabras, el H. Senado puede rechazar las propuestas del Presidente en materias de su iniciativa y de acuerdo con la Constitución, las leyes y los reglamentos de las Cámaras, esta atribución puede asumir la forma de un rechazo parcial o total.<br />
•	Pretender que el H. Senado tiene límites a su facultad de rechazo es imponerle cortapisas que la ley ni la Constitución le han impuesto. En este caso no existe un conflicto entre dos normas constitucionales, porque la propia Constitución resuelve el asunto en el artículo 73 de la Carta Fundamental, al disponer que si el Presidente desaprueba el proyecto aprobado por el Congreso lo devolverá con las observaciones correspondientes, caso en el cual, para insistir en su proyecto se debe reunir, en cada Cámara, el voto conforme de los dos tercios de los diputados y senadores presentes.<br />
•	Sobre el tema del gasto, los proyectos de ley lo determinan, en el primer y segundo trámite constitucional y en las observaciones del Presidente y obligatoriamente por las Comisiones de Hacienda de cada Cámara. La fuente constitucional y legal para el ejercicio de esta atribución es la antes citada, esto es el Art. 55 de la Constitución ya citado y en la LOCCN el artículo 17.<br />
•	El artículo 14 de la LOCCN obliga que en cada proyecto se acompañe los antecedentes que expliquen los gastos que pudiere importar la aplicación de sus normas y la fuente de los recursos que la iniciativa demande y la estimación de su posible monto. Por eso, el informe de la Dirección de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, (en adelante denominado DIPRES) es un antecedente más, que las Comisiones tienen a la vista para determinar el gasto de un proyecto y pueden recurrir a otras fuentes, como las faculta expresamente el artículo 22 de la LOCCN que dispone: “Las comisiones reunirán los antecedentes que estimen necesarios para informar a la corporación. Podrán solicitar de las autoridades correspondientes la comparecencia de aquéllos funcionarios que estén en situación de ilustrar sus debates, de conformidad con lo señalado en los artículos 9° y 9° A, hacerse asesorar por cualquier especialista en la materia respectiva y solicitar informes u oír a las instituciones y personas que estimen conveniente.”<br />
•	Cada Comisión de Hacienda, obligatoriamente debe señalar en su informe; “la fuente de los recursos reales y efectivos con que se propone atender el gasto que signifique el respectivo proyecto, y la incidencia de sus normas sobre la economía del país”, inciso segundo del artículo 17 LOCCN.<br />
•	El Ejecutivo puede aportar antecedentes para hacer una estimación respecto del monto del gasto, pero no fijarlo, porque ese mandato está entregado al Congreso y sus órganos, como una expresión clara del principio de la legalidad del gasto.<br />
•	Es posible que durante la tramitación de un proyecto por la aplicación de los procedimientos legislativos, rechazo de indicaciones, división de la votación o incluso por efecto de un mero error de referencia, se produzca un mayor gasto que el estimado, sea porque aumente el número de beneficiarios o porque se aumente los beneficios expresamente. El Tribunal Constitucional ha reconocido en el caso que controló el proyecto sobre responsabilidad penal juvenil que este efecto se llama &#8220;colateral&#8221; y puede generarse incluso por la acción parlamentaria, como ilustra el propio requerimiento.<br />
2) Sobre el equilibrio y el control judicial de la constitucionalidad en el momento posterior a la reforma de la Carta fundamental del año 2005.<br />
El debate entre Carl Schmitt y Hans Kelsen refleja dos maneras de entender el rol del Tribunal Constitucional que son atingentes a este caso. Estas dos visiones sobre la función del Tribunal Constitucional han sido expresadas por la Ministro Marisol Peña(fs. 544 a 546) y sirven para resolver este caso, en el cual se han hecho tantas afirmaciones políticas, históricas y económicas por parte del requirente y sus publicistas colaboradores.<br />
La propuesta de Schmitt concibe al Presidente como un poder “neutro”, extra constitucional que se sitúa en un espacio político excepcional que no esta regido por la Carta Fundamental. Schmitt no propone la abolición de la judicatura, pero la sitúa bajo la conveniencia política del ejecutivo. A contrario sensu, la propuesta de Kelsen defiende la creación y existencia de un órgano de control político jurídico de una jerarquía especial, y distinta del legislador y del resto de los órganos del Estado que viene a ser precisamente el Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional de Kelsen, a diferencia de la función legislativa, respecto de la que el órgano jurisdiccional debe deferencia, es un legislador negativo. Así se puede desprender un vínculo estrechísimo, en el contexto de la democracia representativa, que es también denominada constitucional, entre las funciones del Congreso y del Tribunal Constitucional que se rige por un principio de deferencia mutua.<br />
Desgraciadamente, las ideas de Carl Schmitt han tenido arraigo en Chile, en particular en la defensa de una judicatura neutralizada que es funcional al autoritarismo. Por ejemplo, Teodoro Ribera Neuman, abogado del Requirente, ha escrito que corresponde asignar al Tribunal Constitucional chileno un rol “neutro” que trascienda la contingencia política coyuntural, que evoca el papel que le cabe al Presidente en la obra de Carl Schmitt. Se ha propuesto una suerte de mimetismo del Tribunal Constitucional, con la dinámica de las decisiones del jefe de Estado, que es definido en términos “schmittianos”. Esta visión contrasta con el constitucionalismo democrático porque minimiza la función jurídica y constitucionalmente reglada que corresponde al Tribunal Constitucional en la perspectiva de un gobierno que limita a todos sus órganos con valores, principios y normas expresados en la Carta Fundamental. La mejor objeción contra la idea de concebir el Tribunal Constitucional como un poder político “neutro”, ha sido expresada en Chile por el Ministro Raúl Bertelsen.<br />
En este caso, un  Presidente de la República que desde el punto de vista de la preservación de su decreciente popularidad, no quiere asumir el costo político de tomar medidas difíciles, tales como el veto sustitutivo que obligaría a los parlamentarios a votar de manera unificada el artículo 197 o lo que sea objeto de dicho veto, usa el Tribunal Constitucional para reforzar su posición debilitada. Se espera que el Tribunal valide ante la ciudadanía y la opinión pública chilena, medidas tales como un tope arbitrario de 30UF en el subsidio de posnatal que contradice derechos fundamentales, que no se ha fundado jurídicamente y que es materia de este requerimiento.<br />
Es tal el cúmulo de atribuciones de todo orden que nuestra Carta fundamental confiere al Presidente, siendo muchas de estas, potencialmente contradictorias entre sí, que no es raro que la acción ejecutiva se paralice en el orden político, administrativo y económico, y con ello se paralice también, en actitud perpleja buena parte de la ciudadanía.<br />
Es en este contexto patológico de debilitamiento, donde el presidencialismo minoritario aspira a ser presidencialismo autoritario, y en una de sus variantes más perniciosas, utilizar la justicia, particularmente, el control judicial constitucional para cumplir una función colaboracionista y ortopédica.<br />
La función que se atribuye a la justicia constitucional en el contexto de estas formas de presidencialismo patológico, sea este en su versión minoritaria,  autoritaria o combinando estas dos características negativas, consiste en ser instrumento de ayuda y ocultamiento de las deformidades y defectos constitucionales de la acción ejecutiva. Una verdadera muleta o prótesis que da mejor aspecto y/o fundamentación a las decisiones del Presidente. Porque se busca sustraer de la discusión y deliberación parlamentaria pública las decisiones impopulares para el Presidente porque se tiene miedo a la democracia y a los ideales de autogobierno colectivo de los sistemas republicanos. Y sabemos que el miedo desde siempre justifica y legitima las experiencias del despotismo como nos enseña el gran Montesquieu.<br />
En este caso particular, el mensaje de miedo consiste en aseverar contra el texto expreso de la Constitución, las leyes y los reglamentos parlamentarios, que sólo el control unipersonal del Presidente de la República sobre el gasto fiscal puede garantizar la estabilidad financiera. Que al Congreso en cuanto colegislador pluripersonal, no le compete tarea alguna en esta materia. Que ni siquiera puede rechazar las propuestas del ejecutivo o dividir su votación, negando las atribuciones constitucionales vigentes en Chile. Que al Congreso sólo le cabe someterse a las decisiones tecno-burocráticas de la DIPRES, incluso en el rechazo o división de las votaciones parlamentarias.<br />
Se trata, como ya ha sido anunciado en la prensa, de facilitar el gobierno por decreto en Chile. Y se comienza audazmente por erosionar derechos fundamentales consolidados y por destruir la faz jurídica de la protección social, que son los derechos económicos y sociales. Se pretende sustraer del control constitucional parlamentario, la aplicación y desarrollo del derecho a la seguridad social desde el día que se acepta el requerimiento, porque este derecho queda reducido a lo que digan los decretos del ejecutivo.<br />
Se pretende revitalizar la legitimidad de la debilitada figura presidencial actual, usando este requerimiento para intentar imponer una colaboración y ortopedia política como función propia del Tribunal Constitucional, y con ello beneficiar al ejecutivo, en el proceso de formación de la ley.<br />
Además, que paradojal resulta que el tope del subsidio de 30UF, sobre el cual versa esta cuestión de constitucionalidad, que a todas luces ha sido magnificada por los partidarios del Presidente para distorsionar amplificando su iniciativa exclusiva, haya sido designada como “modesta” por la sociedad civil, parlamentarios y por otros actores. Este adjetivo es evocación  irónica de la demencial propuesta con que el autor de los viajes de Gulliver Jonathan Swift titulo su famosa: “Una modesta proposición, para prevenir que los niños de los pobres de Irlanda sean una carga para sus padres o el país, y para hacerlos útiles al público”.<br />
Es que es lamentable que los publicistas del requerimiento, en vez de fundar su tope de 30 UF en derecho, han abusado de la discrecionalidad económica para justificarla. Han perdido las votaciones en el H. Senado y siguen negociando en la Cámara de Diputados, y para eso han venido a pedir colaboración a esta Excma. Magistratura para reforzar su posición.<br />
 La reforma constitucional del año 2005 concibió un Tribunal Constitucional comprometido con la Constitución y su mejora. Esta opinión fue expresada por el Senador Sergio Romero al asumir la Presidencia del H. Senado el año 2005 y expreso textualmente: “Para cumplir este rol de lugar de encuentro y reflexión, es de la mayor consecuencia, que como Corporación renovemos nuestra decisión de ser protagonistas de la agenda político-institucional, en un país en donde la predominancia del Ejecutivo ahoga muchas veces, los marcos de los necesarios balances institucionales. En este sentido, nuestra Corporación debe ser capaz de adquirir una participación más activa en la elaboración de las políticas públicas, y no sólo ser mera receptora de las iniciativas legislativas.&#8221;<br />
Por medio de este requerimiento se pretende que el Tribunal Constitucional asuma una función colaboracionista y ortopédica, para ponerlo al servicio del Presidencialismo minoritario, que aspira a convertirse en autoritario, al negar el derecho de rechazo parcial y de dividir la votación del H. Senado.<br />
En la celebración de los 200 años del Congreso Nacional, no se podía haber imaginado una amenaza más artera a su existencia y funcionamiento y a la Constitución de la República de Chile.</p>
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		<title>Las puertas abiertas de las universidades públicas &#8211; Juan Guillermo Tejeda &#8211; 22 de Junio de 2011- Diario El Mostrador</title>
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		<pubDate>Wed, 22 Jun 2011 15:51:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[22 de Junio de 2011 Las puertas abiertas de las universidades públicas Juan Guillermo Tejeda Artista visual. Académico de la Universidad de Chile. Una acción recurrente de las movilizaciones de estudiantes de universidades públicas es la toma. Normalmente por la noche, un grupo de treinta o cincuenta estudiantes se hace del control de los accesos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>22 de Junio de 2011</p>
<p>Las puertas abiertas de las universidades públicas<br />
 Juan Guillermo Tejeda<br />
Artista visual. Académico de la Universidad de Chile. </p>
<p>Una acción recurrente de las movilizaciones de estudiantes de universidades públicas es la toma. Normalmente por la noche, un grupo de treinta o cincuenta estudiantes se hace del control de los accesos de un inmueble o campus, se levantan barricadas, aparece una cadena con candado en la puerta y se despliegan unos letreros de tipografía apresurada y ruda. El local está en toma.</p>
<p>Compartir en Facebook 31<br />
 Ya no mandan las autoridades legalmente constituidas, es decir el Rector, Decano y Directores. Las clases y demás actividades se suspenden indefinidamente, la gran mayoría se van deprimidos a sus casas, y los jóvenes insurrectos disfrutan del espectáculo de ver a unos pocos viejos profes vagando desolados por las afueras. Es para ellos emocionante. La toma aparece a veces en los medios, muchas veces no, aunque dure meses. Los recursos administrativos o legales con los que cuenta la autoridad para hacer frente a una toma son a veces vagos, a veces desproporcionados.  Y la comunidad universitaria, hay que decirlo, ha tenido una extraña blandura conceptual en este tema, una confusión un poco boba, a veces irresponsable, que confunde la disfuncionalidad con el progresismo. De tal manera que la situación se estaciona en una nada flotante.</p>
<p>Se trata, con las tomas, de una performance y de una suspensión brusca de la normalidad para presionar a que ocurra algo más justo. Desafortunadamente hoy en día casi siempre quienes pueden hacer que ese algo más justo ocurra no son las autoridades universitarias. El Gobierno actual está más bien a cargo de que le vaya bien a las universidades privadas, y mal a las públicas.</p>
<p>Las tomas contradicen fácticamente el discurso oficial de las universidades públicas: candados en lugar de puertas abiertas, gobierno de un grupo indeterminado, irresponsabilidad con los compromisos académicos contraídos con terceros, falta de respeto a quienes siendo de la casa se les impide el paso, etc. La gente sabe que hay una protesta justa detrás, pero también tiene la sensación de que en todo eso hay dispendio de recursos públicos e ingobernabilidad.</p>
<p>Podemos inventar mil modos diferentes de protestar y de liderar la rectificación que hace falta en educación, pero en el caso de las universidades públicas ponerle candados a las puertas y basurear las fachadas es un recurso extremo, que contradice su núcleo más profundo: las puertas abiertas, el pluralismo.Con todo, las tomas son populares. Muestran el poder juvenil. Llevan consigo una gran carga emotiva y, en ocasiones, replican sucesos de dura lucha en contra del abuso. Arrastran un aroma. Nos disgustan, sí, pero nos gustan. Somos todos un poco parte de esa confusión.</p>
<p>La historia de las tomas se remonta en Chile y en Santiago a los años cincuenta y sesenta, cuando el flujo de gente del campo llegaba a la periferia de las grandes ciudades. Eran familias desesperadas que buscaban sustento y una vida digna. Los gobiernos de entonces los desalojaban con los Carabineros, a veces había balazos, cargas, heridos y muertos. Gracias a esas tomas realmente heroicas miles de pobladores lograron finalmente un trozo de tierra para vivir.</p>
<p>En las universidades también cundía el malestar. El 11 de agosto de 1967 los estudiantes de la Universidad Católica liderados por su Presidente Miguel Ángel Solar se toman la Casa Central y cierran las puertas con una cadena, todo ello después que el 79,3% de los alumnos pidiera un cambio de Rector en un plebiscito. El diario “El Mercurio” critica a los audaces jóvenes, y estos como respuesta despliegan en el frontis un enorme letrero en que se podía leer: “Chileno: El Mercurio Miente”. Para muchísimos fue realmente un agrado profundo ver aquello. Ocho meses después, a partir de mayo de 1968, las tomas se multiplican en las universidades europeas y norteamericanas, y finalmente en todo el mundo.</p>
<p>La toma es un recurso extralegal, pero que cuando logra leer adecuadamente el estado de las cosas inaugura una nueva fase de legalidad, sobre todo si presiona a quienes pueden decidir y se hace con un apoyo explícito de los interesados.</p>
<p>Durante los años revueltos de nuestra vida política, entre 1965 y 1973, menudearon las tomas de terrenos, predios agrícolas, industrias, colegios, universidades e incluso carreteras. La toma se consolidó como un arma revolucionaria, al poco tiempo también contrarrevolucionaria y finalmente, degradada por su uso continuo, deja de producir otro efecto que el de la intoxicación paulatina de la vida civil. Las autoridades cada vez mandaban menos, la ley se debilitaba, y el país se deslizó por la imparable pendiente de los hechos rudos: paros, marchas, tomas, desalojos, atentados, financiamiento de potencias internacionales a grupos  desestabilizadores, uso de la ley para obstruir lo que la propia ley mandaba, conspiraciones, ministros militares, milicias, salida de los uniformados a la calle para “patrullar”, y por último el golpe militar del 11 de septiembre de 1973.</p>
<p>Entre agosto y octubre de 1987, y en dictadura, los académicos y estudiantes de la Universidad de Chile enfrentan valientemente mediante paros y tomas las pretensiones del Rector Designado José Luis Federici de aplicar un “Plan de Racionalización Universitaria” que en la práctica significaba la destrucción integral de la institución. El movimiento fue exitoso y marcó, además, un punto de inflexión en la lucha nacional en contra de Pinochet, desembocando en el Plebiscito de 1988.</p>
<p>Las tomas que ha habido más tarde han conseguido muy poco, más bien han sido un acompañamiento del progresivo desinterés del Estado y de los ciudadanos por sus universidades.</p>
<p>Es que los poderosos, leyendo correctamente la cambiante realidad, han encontrado la manera de sortear el escollo de huelgas y tomas, desmaterializando el aparato productivo y de servicios. Técnicamente, un paro o una toma no significan hoy gran cosa en un mundo donde las contrataciones temporales, las redes sociales o no sociales, el outsourcing y los flujos digitales llevan la delantera. Los gobiernos orientan la política estatal de universidades no en base a la oferta (financiar a las universidades públicas) sino a la demanda (dar plata a las personas para que compren su educación en el mercado). Es un modo de desmantelar el Estado, canalizar los recursos públicos a los privados y fortalecer el neoliberalismo duro. En este contexto, un local universitario tomado no representa nada precioso para el ministro de turno ni tampoco para los ciudadanos-consumidores (así estamos), que se decantan por otras ofertas más apetecibles.</p>
<p>Hay, pues, tomas y tomas, de las buenas y de las añejas. Algunas son saludables, abiertas, leen bien el contexto, integran a la comunidad universitaria, y se orientan a presionar a quienes deben tomar las decisiones. Otras, pese al entusiasmo de los participantes, resultan excluyentes, difusas, estériles, y el pago diferido de sus costos dura demasiado tiempo.</p>
<p>El movimiento actual por la educación pública tiene muchos componentes modernos, globales, y algún resto de empanada nostálgica. Una buena protesta ataca a quienes necesita atacar, emplaza a los que corresponde, es elástica, imaginativa, entusiasma, suma fuerzas y avanza sin grandes contradicciones.</p>
<p>Lo cierto es que defender hoy a las universidades públicas significa a la vez saber cuidarlas y saber resistir las presiones destructivas del poder económico y político. Los luchadores aguerridos a los que no les importa cuidar o descuidar a la universidad en medio de la lucha recuerdan a esa presunta madre de un niño que se lo disputaba con otra, y ella tironeaba rudamente del pequeño en tanto que la auténtica mamá prefirió soltarlo para no desmembrarlo. Era uno de esos cuentos un poco moralistas de Bertolt Brecht. Confía uno en que alguien que ama a su universidad y la siente suya no querrá desmembrarla.</p>
<p>En estos días, quienes estamos por las universidades públicas queremos no sólo protestar y salvar quizá algo de lo que tenemos. Aspiramos a algo más: a ponerlas como un ejemplo, como un modelo de funcionamiento de la educación superior, que se basa en el amor por el conocimiento, el respeto por las personas, la sintonía con los ciudadanos, una actitud crítica y dialogante, todo ello lejos de lucro y del negocio rápido. Con enormes dificultades hemos sobrevivido, pero los valores siguen más vivos que nunca.</p>
<p>Las universidades públicas no son un cacho. Son una pieza vital del desarrollo, cumplen un rol que ningún otro agente público o privado puede cumplir. Por eso hay que duplicar o triplicar el gasto estatal para normalizarlo a los niveles de los países de nuestro entorno o a los que admiramos, destrabar administrativamente el sistema, fortalecer las universidades públicas existentes y crear nuevas allí donde haga falta. Tal cosa pasa por despedirse ya del neoliberalismo ciego y establecer un modelo con un compromiso mucho más grande por parte del Estado, es decir, de los ciudadanos que están detrás. Con ellos estamos dialogando en cada una de nuestras acciones.</p>
<p>Para lograrlo, las universidades públicas están obligadas a generar confianza. Eso se logra practicando cada día lo que se predica. Es decir, manteniéndose operativas como centros avanzados de vida académica, y plantando cara con firmeza en la arena pública a quienes pretenden disolverlas o convertirlas en un nuevo negocio.</p>
<p>Podemos inventar mil modos diferentes de protestar y de liderar la rectificación que hace falta en educación, pero en el caso de las universidades públicas ponerle candados a las puertas y basurear las fachadas es un recurso extremo, que contradice su núcleo más profundo: las puertas abiertas, el pluralismo</p>
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		<title>Por qué les tienen miedo a las universidades públicas &#8211; columna j. tejeda en el mostrador 15 junio 2011</title>
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		<pubDate>Wed, 15 Jun 2011 14:49:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[Por qué les tienen miedo a las universidades públicas Juan Guillermo Tejeda Artista visual. Académico de la Universidad de Chile. Al revés de todos los países desarrollados, Chile avanza solitario en un sistema que pretende mejorar la educación destruyendo a la educación pública. Los niñatos que dirigen hoy al país y a su educación se [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Por qué les tienen miedo a las universidades públicas<br />
 Juan Guillermo Tejeda<br />
Artista visual. Académico de la Universidad de Chile. </p>
<p>Al revés de todos los países desarrollados, Chile avanza solitario en un sistema que pretende mejorar la educación destruyendo a la educación pública. Los niñatos que dirigen hoy al país y a su educación se criaron casi todos ellos tomando leche tibia con chocolate en colegios privados y universidades católicas, fueron a hacer sus postgrados a los Estados Unidos, y prosperaron gracias a la dictadura. Desconocen, pues, las bondades de la educación pública. La temen. Sólo quieren que se degrade y desaparezca.</p>
<p> El maltrato que da el Estado a los colegios municipalizados se replica en las universidades públicas, y se hace especialmente insufrible cuando vemos cómo se hace lo que sea para entretanto amparar mañosamente a las universidades privadas, casi todas en manos de los ricos y poderosos. Una gran mayoría de éstas existe para hacer negocio, lo que está prohibido por la ley pero no se cumple, así por la cara, alegremente. Lo logran gracias a la vertiente inmobiliaria, y rebañan dinero del Estado, de un Estado al que odian. Muchas son simples institutos profesionales con buenos baños y mucha publicidad, profesores taxis y bajísimos o nulos índices de investigación, pero usan el rótulo de “universidades” para llevarse dinero público.</p>
<p>¿Por qué destinan todos los países desarrollados una cantidad que cubre entre el 50% y el 90% del gasto de sus universidades estatales? Porque de otro modo no se garantizan ni la equidad en el acceso, ni la investigación o la creación, ni la libertad de pensamiento.</p>
<p>¿Por qué aquí recibe del Estado la Universidad de Chile apenas el 12 o 14% de su presupuesto? Por miedo: miedo a la política, miedo a la igualdad de oportunidades, miedo a la libertad de cátedra, miedo a la existencia de centros avanzados de pensamiento, miedo al Chile real, miedo a no seguir controlando el país completo unos pocos con los apellidos de siempre, el dinero de siempre y la mediocridad de siempre.</p>
<p>Prefieren estos postpinochetistas reciclados que Chile renuncie a tener centros avanzados de pensamiento: lo que sea con tal de destruir a las universidades estatales. Tienen miedo al Chile real, a la coexistencia en una sala de jóvenes de distintos grupos sociales o económicos.Durante los años 60 y hasta 1973 la Universidad de Chile se politizó. Y eso ocurrió porque una universidad pública es espejo de la realidad social, y en ese entonces así estaban las cosas entre los chilenos, complicadas y politizadas. No se la puede culpar por eso. Se olvida que la Universidad de Chile ha sido la gran cuna cívica de nuestro desarrollo republicano, el semillero de la tolerancia, la discusión franca, la diversidad de creencias y de proyectos. Pero a esta gente le carga la política aunque se dedican mucho a la política: le carga en verdad que se dediquen los demás, la quisieran privatizar.</p>
<p>Tienen miedo a la igualdad de oportunidades porque, con el corazón hundido en el pesimismo y en el abuso, creen en una sociedad clasista, condescendiente y humillante. Jamás las universidades privadas, muchas de las cuales están ahí para hacer negocio o para difundir ideologías abusivas, se harán cargo de la equidad en el acceso a la educación. Es como encomendarle esa tarea a los bancos o a los supermercados. La Universidad de Chile y las demás universidades públicas tienen una gloriosa tradición al servicio de la equidad.</p>
<p>No les gusta a nuestros gobernantes pirulos ni la libertad de cátedra ni la libre expresión. Prefieren seguir el estilo de las universidades privadas que tienen a los profesores contratados por semestres para que nadie se ría en la fila. Se mofan así de la condición de los académicos, degradan la carrera docente, destruyen la libertad que es inherente al pensamiento. Las universidades públicas, en cambio, garantizan la tolerancia porque están hechas para eso, esa es su función, y no dependen de un patrón o de un dueño privado.</p>
<p>Prefieren estos postpinochetistas reciclados que Chile renuncie a tener centros avanzados de pensamiento: lo que sea con tal de destruir a las universidades estatales. Tienen miedo al Chile real, a la coexistencia en una sala de jóvenes de distintos grupos sociales o económicos. ¡Esa ha sido siempre la grandeza de la Universidad de Chile, que al entrar deja cada cual sus situaciones de privilegio en la puerta, y todos están llamados a tratarse como iguales! Esa es una escuela que marca para toda la vida. Parecen creer nuestros gobernantes en la segregación, en el apartheid por comunas, por segmentos sociales, por capacidad de pago, y esa es la mejor manera de crear países al interior de los países, donde al final nadie se conoce y todos se temen y se odian.</p>
<p>Los parlamentarios concertacionistas han sido casi siempre serviles al poder en los temas universitarios. Como administradores de fundo, como conserjes, no han osado jamás plantar cara a los patrones. Entre ellos y los más poderosos están negándole a la sociedad lo que la sociedad necesita para madurar y para desarrollarse: universidades de verdad, complejas y completas, bien financiadas, modernas, capaces de ir no en busca del dinero sino en busca de las necesidades, orientadas a colaborar más que a competir.</p>
<p>Pero nuestros jóvenes sí que plantan cara. Ellos están luchando por lo que saben que les pertenece. Y nosotros, académicos de la Universidad de Chile, aunque somos menos dinámicos y más tibios, estamos finalmente con ellos, con su esperanza, con sus valores, con sus manifestaciones, que incorporan a todos los actores de la educación pública.</p>
<p>Tener el Estado universidades y negarles los recursos es como tener un avión y no ponerle combustible. Contra esa ceguera vamos a luchar. Porque, como bien dicen los estudiantes, la educación no es una mercancía. La universidad pública no es un negocio. El país no es de unas cuantas familias ni de unas cuantas empresas sino de todos los chilenos y chilenas.</p>
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		<title>VERGUENZA DE CAPTURA EN CAMARA DE DIPUTADOS QUE RENUNCIA A ESTUDIAR LUCRO, CONFLICTO DE INTERES Y PROBLEMAS EDUCACION SUPERIOR</title>
		<link>http://www.pabloruiz-tagle.cl/blog/2011/06/13/verguenza-de-captura-en-camara-de-diputados-que-renuncia-a-estudiar-lucro-conflicto-de-interes-y-problemas-educacion-superior/</link>
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		<pubDate>Mon, 13 Jun 2011 16:09:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[Cámara de Diputados no aprueba propuesta para conformar comisión investigadora de Educación Superior La Cámara baja no aprobó la propuesta presentada por el Honorable Diputado Alberto Robles -con el respaldo de 59 parlamentarios- de conformar una Comisión Especial Investigadora que diera &#8220;inicio a las investigaciones relacionadas con el Funcionamiento de la Educación Superior; que realice [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Cámara de Diputados no aprueba propuesta<br />
para conformar comisión investigadora de<br />
Educación Superior</p>
<p>La Cámara baja no aprobó la propuesta presentada por el Honorable Diputado Alberto Robles -con el respaldo de 59 parlamentarios- de conformar una Comisión Especial Investigadora que diera &#8220;inicio a las investigaciones relacionadas con el Funcionamiento de la Educación Superior; que realice una revisión a fondo del Sistema y su forma de ingreso; determine la legalidad del instrumento utilizado por las universidades para lucrar con la educación terciaria; evalúe los conflictos de interés que puedan existir; evalué el financiamiento de la universidades públicas, rendición de cuentas respecto de los dineros aportados por el fisco de Chile y en general el funcionamiento de estas; recabe información sobre todo lo que estime necesario recibiendo para tales efectos a los estudiantes, rectores, inmobiliarias, consorcios internacionales y demás actores involucrados. Y finalmente, proponga todo lo que considere pertinente para mejorar el Sistema de Educación Superior de Chile, y en particular la Educación Superior Estatal&#8221;. El artículo 52 número 1 letra c) de la Constitución Política exige el voto conforme de 2/5 de los diputados en ejercicio para crear comisiones investigadoras, equivalente a 48 parlamentarios, pero esta solicitud recogió en la Sala 38 votos a favor, uno en contra y 20 abstenciones, no pudiendo ser aprobada la propuesta por falta de quórum requerido. A continuación, la carta enviada por los solicitantes al Presidente de la Cámara de Diputados, Patricio Melero, argumentando su petición.</p>
<p>VALPARAÍSO, 1 de Junio de 2011.</p>
<p>Señor<br />
PATRICIO MELERO ABAROA<br />
Presidente<br />
H. Cámara de Diputados<br />
P R E S E N T E</p>
<p>Señor Presidente:</p>
<p>De conformidad con lo preceptuado en el artículo 52. N° 1), letra c), de la Constitución Política de la República y artículos 297 y siguientes del Reglamento de la Corporación, los abajo suscritos solicitamos se sirva recabar el acuerdo de la Sala para crear una Comisión Especial Investigadora, tomando en consideración los siguientes antecedentes:</p>
<p>1) El articulo N° 34 de La Ley 18.962 establece que las instituciones de educación superior no públicas deberán constituirse en corporaciones privadas sin fines de lucro, para ejercer actividades educativas. Sin embargo, hemos constatado que esta norma en la práctica se ha convertido en letra muerta.</p>
<p>2) Los dueños de las instituciones de educación superior han logrado evadir la norma utilizando subterfugios legales, creando inmobiliarias o tercerizando los servicios a sociedades comerciales formadas por ellos mismos, configurando el negocio perfecto, ya que obtienen subsidios monetarios del Estado, no pagan IVA y otros impuestos, por desempeñar un rol público sin fines de lucro.</p>
<p>3) Como hemos presenciado en el polémico debate que han llevado a cabo los rectores de las Universidades de Chile y Adolfo Ibáñez, existe un cuestionamiento al sistema de ingreso a las universidades Chilenas. Por otro lado, la PSU no corrige las desigualdades del sistema educacional chileno, sino más bien, es la constatación de ello.</p>
<p>4) Por los datos que a continuación exponemos creemos que necesario constituir una comisión investigadora dado que al contrario de lo establecido en la ley, las universidades se han convertido en verdaderas empresas, con ganancias siderales, gastos en publicidad superiores a los del resto del mercado y tratos draconianos con sus estudiantes-clientes:</p>
<p>Lucro al Margen de la Ley:</p>
<p>5) De acuerdo al Servicio de información de la Educación Superior (SIES), 58 de las 62 universidades arrojaron utilidades el año 2009 por $ 84 mil 165 millones. Sumando los institutos profesionales y centros de formación técnica, el mercado de la educación superior generó ese mismo año ganancias por $ 108 mil 800 millones. Solamente entre el INACAP y la Universidad Andrés Bello recaudaron $ 31 mil 852 millones. Cifras que superan con creces los márgenes operacionales de otros agentes del mercado. Sobre el mismo estudio, resulta curioso que no se haya logrado recabar antecedentes de todas las universidades, lo que ocurre porque no es obligatorio contar con un estado de flujo permanente. También, surgen dudas sobre si los dueños de las universidades reinvierten la totalidad de sus excedentes en beneficio de la comunidad universitaria o si estos se distribuyen entre los socios accionistas.</p>
<p>6) La fijación de aranceles anuales de cada carrera y los intereses que cada año se aplican, excede con creces los establecidos como referencia por el Ministerio de Educación. Ello ocurre porque cada institución tiene libertad para establecer el precio de las carreras. De esta forma, existe una brecha con el valor de referencia del MINEDUC que puede llegar hasta el 58%. Por ejemplo, de acuerdo a un estudio de La Tercera (2 de enero 2011) odontología en la Universidad de Los Andes cuesta anualmente $ 5,3 millones, mientras que el arancel de referencia es de $ 2,6 millones. Lo mismo ocurre, por ejemplo, en la Universidad Diego Portales, literatura cuesta anualmente $ 2,9 millones mientras el arancel de referencia es de $1, 7 millones. El arancel de referencia fijado cada año por el Mineduc se realiza de acuerdo a la calidad de los profesores, la infraestructura y la investigación que se realiza cada plantel. Anualmente, se reajusta de acuerdo a lo pactado en las negociaciones del sector público. Es decir, para este año aumentará en torno 4,2%_ Por lo que no entendemos como existen estas diferencias de criterio para fijar los aranceles. Más aún, cómo existen universidades (Universidad del Pacífico, por ejemplo), que incrementa sus aranceles en hasta un 20%, mucho más que el 4,2%.</p>
<p>7) La inversión en publicidad de las instituciones de educación superior es impresionante. De acuerdo a la información oficial, estas son el tercer avisador más importante del mercado. Anualmente gastan cerca de 60 millones de dólares sólo en publicidad, ubicándose después de las grandes tiendas y la telefonía celular.</p>
<p>8) En los últimos años se han implementado transacciones comerciales con recursos de inversiones extranjeras, que llaman la atención cuando estamos en presencia de un negocio que no tiene fines de lucro. Es así como el año 2009, Juan Hurtado y Linzor Capital pagaron US$ 70 millones por el 60% de la Universidad Santo Tomás. El grupo estadounidense Apollo invirtió US$ 40 millones por la Uniacc el 2008, y consorcio internacional Laureate desembolsó alrededor de US$ 250 millones en la compra de las universidades Andrés Bello (2003), Las Américas (2006) y Viña del Mar (2009).</p>
<p>9) De acuerdo a los estudios sobre la Educación Superior Chilena se ha detectado que esta es una de las más caras del Mundo. Según el informe del banco mundial y la OCDE, institución que agrupa a más de 30 países desarrollados, los aranceles universitarios representan un tercio del ingreso per cápita bruto nacional. Las estadísticas son aún peores si se las compara con el pib per cápita: el arancel en una universidad privada equivale al 47% de ese indicador y el de una universidad del consejo de rectores representa el 41,7% del producto por habitante.</p>
<p>Prácticas Abusivas:</p>
<p>10) Llama la atención que a pesar de no tener fines de lucro, el sector terciario acumule tantas denuncias ante el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC). Este organismo informó recientemente que al año 2010 se recibieron cerca de 3 mil reclamos contra las instituciones de educación superior. Un total de 2.640 reclamos, lo que representa un 20% de incremento respecto al 2009. Entre las 5 universidades con mayor cantidad de reclamos, encontramos a las 3 que pertenecen al consorcio Laureate, las universidades de Las Américas, la Andrés Bello y la de Viña del Mar. Además, dicho estudio señala que un 35,4% de los reclamos contra las universidades son por incumplimiento de contrato o publicidad engañosa (falta de infraestructura ofrecida, cambio mallas, horarios, planes de estudio u otras condiciones acordadas) y un 11% corresponden a cobros indebidos, intereses excesivos, cobros por deudas inexistentes.</p>
<p>11) Lo mismo se reafirma en el portal vwvw.reclamos.cl, donde existen más de 600 quejas contra el sistema de las universidades. Muchas tienen relación con el incumplimiento de plazos para la revisión de Memorias de títulos, cobros indebidos o excesivos, o arbitrariedades de las instituciones. Nos impresiona que siendo un &#8220;negocio&#8221; sin fines de lucro, las universidades actúen de una manera más drástica que los bancos. Existen instituciones en las que si uno se demora más de 15 días en pagar, se va a cobranza judicial y envian al Dicom al deudor. No existe ningún criterio social.</p>
<p>Endeudamiento Familiar:</p>
<p>12) En Chile se ha aumentado exponencialmente el ingreso de jóvenes de Clase Media y Media Baja a la Educación Superior a costa de un endeudamiento con casas comerciales y organismos financieros, que a la larga resulta igual o superior, en términos económicos, al costo de una vivienda para la familia. Las medidas en cuanto a financiamiento de los últimos gobiernos han privilegiado el aumento de recursos en créditos estudiantiles. Esto incluye a la gestión actual de Joaquín Lavín en el Mineduc, quien planteó que el Crédito con Aval del Estado (CAE) será su pilar en cuanto a financiamiento universitario. El CAE es un crédito privado, con una tasa subsidiada por el Estado, lo que quiere decir que es dinero que sigue saliendo de los hogares.</p>
<p>Por ello, el endeudamiento de quienes acceden a este nivel educacional se ha transformado en un serio problema para el país. Según datos del banco central, la deuda como porcentaje de los ingresos de los hogares hoy llega al 70%.</p>
<p>Estado, lo que quiere decir que es dinero que sigue saliendo de los hogares. Por ello, el endeudamiento de quienes acceden a este nivel educacional se ha transformado en un serio problema para el país. Según datos del banco central, la deuda como porcentaje de los ingresos de los hogares hoy llega al 70%.</p>
<p>13) En Chile las becas Universitarias son Insuficientes. Uno de cada 10 del total de estudiantes de la educación terciara y menos de la mitad de los alumnos más pobres (el 46%) recibe ayuda financiera.</p>
<p>Universidades Estatales: Financiamiento y Gobernabilidad</p>
<p>14) El sistema de educación terciaria, creado bajo el gobierno militar, ha forzado un desapego del Estado con las Universidades Públicas, que deben competir de igual a igual con las privadas. Esto, porque en la práctica no dependen del aporte fiscal y deben emprender negocios, cobrar altos intereses, vender el conocimiento, formar consorcios con empresas privadas, buscar financiamiento externo para mantener sus instalaciones y profesores.</p>
<p>15) El promedio de recursos públicos puestos por el Estado llega a tan sólo un 15 %, en evidente contraposición al 73.1 % de los demás países que integran la OCDE. Es decir, invertimos en educación superior la quinta parte de los recursos públicos que destinan los países desarrollados.</p>
<p>16) La participación del Estado en el presupuesto de las Universidades Estatales es deficiente. A modo de ejemplo: el presupuesto anual con que cuenta la Universidad de Chile del orden de $ 300.000 millones, del que el estado sólo aporta menos del 14 %.</p>
<p>17) El esquema de autofinanciamiento de la u de chile llega al 86 % del presupuesto y la obliga a traspasar parte muy importante de las necesidades de cobertura presupuestaria a los estudiantes y sus familias.</p>
<p>18) Las universidades Públicas no sólo deben competir en este &#8220;mercado&#8221; como si fueran privadas, sino que también -por su carácter público- enfrentan una rigidez normativa que las desfavorece. Por ejemplo: Todas las universidades privadas pueden obtener créditos bancarios de largo plazo y enajenar su patrimonio inmobiliario, cuestión que no pueden realizar las universidades llamadas estatales.</p>
<p>19) Por otro lado, existe un debate pendiente sobre el sistema de gobernabilidad de las universidades públicas. Para algunos actores, el actual sistema de elecciones de rectores y directores es poco democrático y debería considerar a todos los estamentos que son parte de la comunidad educativa, no sólo a los docentes de las plantas de las Universidades. Para otros el Mineduc debería tener cierta injerencia sobre el gobierno universitario (Ya sea directamente, o a través de representantes). También existe el planteamiento de generar un gobierno corporativo universitario.</p>
<p>20) Se cuestiona la imposición establecida en algunas Universidades que prohíbe la existencia de Organismos organizados de estudiantes ya sea Centros de Alumnos, Federaciones de Estudiantes, Colectivos, etc.</p>
<p>21) En otro ámbito, urge tener una discusión sobre educación superior para que esta comience a apuntar al modelo de universidad con rol público que Chile necesita para las siguientes décadas. Ese debate debe incluir no sólo la superación de criterios históricos e ineficientes, sino también las exigencias que el Estado debe establecer para otorgar financiamiento costeado por todos los contribuyentes. En este sentido merece reconocimiento el aporte que han entregado Universidades que siendo Privadas realizan consistentes contribuciones en investigación y desarrollo, tanto local como nacional, tales como las Universidades Católica, de Concepción, Técnica Federico Santa María, entre otras.</p>
<p>Posible Conflicto de lntereses</p>
<p>22) Hemos constatado el traspaso de autoridades que tras cumplir altas funciones directivas en el gobierno y, en particular, en el Ministerio de Educación, han pasado a formar parte de universidades privadas. Es preferible que quien en su minuto fiscalizó, acreditó y diseñó políticas atingentes a instituciones privadas no pueden hoy formar parte de las mismas.</p>
<p>23) Los arquitectos del modelo de educación superior, que eran funcionarios públicos en la época de la dictadura militar, hoy son dueños o directores de distintos establecimientos.</p>
<p>24) En ambas situaciones anteriores estamos frente a una falencia en la regulación de un sector tan importante para el desarrollo del país.</p>
<p>25) Por último, llama la atención que haya universidades patrocinando a clubes de futbol. Como ocurre en el caso de la Universidad Sek que auspicia a la Unión Española. Nos preguntamos si esta &#8220;inversión&#8221; constituye un aporte al desarrollo universitario.</p>
<p>Por todo lo anterior, la Cámara de Diputados acuerda:</p>
<p>Crear una Comisión Especial Investigadora que dé inicio a las investigaciones relacionadas con el Funcionamiento de la Educación Superior; que realice una revisión a fondo del Sistema y su forma de ingreso; determine la legalidad del instrumento utilizado por las universidades para lucrar con la educación terciaria; evalúe los conflictos de interés que puedan existir; evalué el financiamiento de la universidades públicas, rendición de cuentas respecto de los dineros aportados por el fisco de Chile y en general el funcionamiento de estas; recabe información sobre todo lo que estime necesario recibiendo para tales efectos a los estudiantes, rectores, inmobiliarias, consorcios internacionales y demás actores involucrados. Y finalmente, proponga todo lo que considere pertinente para mejorar el Sistema de Educación Superior de Chile, y en particular la Educación Superior Estatal.</p>
<p>La Comisión Especial deberá rendir su informe a la Corporación en un plazo no superior a 120 días y para el desempeño de su mandato podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.</p>
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		<title>SECRETISMO EN EL CONGRESO EN LEY DE TV DIGITAL</title>
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		<pubDate>Thu, 09 Jun 2011 14:36:16 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[EMAIL DE -RESPUESTA DE COMISION DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICIONES DEL SENADO DE FECHA 8 DE JUNIO 2011 &#8212;&#8212;&#8212;- Mensaje reenviado &#8212;&#8212;&#8212;- De: Ana María Jaramillo Fecha: 8 de junio de 2011 12:57 Asunto: RE: Solicitud a Senador Novoa &#8211; Comisión Transporte y Telecomunicaciones del Senado &#8211; Mesa de Ciudadanía y Tv Digital Para: Cristián Elgueta [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>EMAIL DE -RESPUESTA DE COMISION DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICIONES DEL SENADO DE FECHA 8 DE JUNIO 2011</p>
<p>&#8212;&#8212;&#8212;- Mensaje reenviado &#8212;&#8212;&#8212;-<br />
De: Ana María Jaramillo<br />
Fecha: 8 de junio de 2011 12:57<br />
Asunto: RE: Solicitud a Senador Novoa &#8211; Comisión Transporte y Telecomunicaciones del Senado &#8211; Mesa de Ciudadanía y Tv Digital<br />
Para: Cristián Elgueta </p>
<p>Estimado señor Elgueta:</p>
<p>                                   La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones acordó informarle, en respuesta a su petición de transmisión on line de las sesiones de esta Comisión que ésta realiza dos tipos de sesiones, las sesiones abiertas al público a la cual la Mesa de Ciudadanía y TV Digital fue invitada y participó entregando sus planteamientos y observaciones, y las sesiones de trabajo de los Senadores que son reservadas y cuyo debate, acuerdos y fundamentos, son recogidos en el informe de la Comisión, informe que es público luego de que se da Cuenta de él en la Sala de Sesiones. </p>
<p>                                   Respecto a la solicitud de hacerles llegar los audios de las sesiones, la Comisión acordó informar a Ud. que de acuerdo con el artículo 5º A, de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, “Los materiales de registro de las secretarias de las comisiones y de los comités parlamentarios, tales como grabaciones, apuntes u otros instrumentos de apoyo a esa labor, no serán públicos.”. En concordancia con esta disposición el Reglamento del Senado establece en el inciso final del artículo 40, que las sesiones de las Comisiones serán grabadas en cintas magnetofónicas y tales grabaciones se mantendrán en custodia de su secretaría, con carácter reservado, por un plazo de dos años.</p>
<p>                                   Además, acordó informarle que lo dispuesto en los artículos 24 a 30 y 33 de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado no se aplicará al Congreso Nacional ni a sus servicios comunes. (artículo 4º, Ley Orgánica Constitucional del  Congreso Nacional)</p>
<p>                                   Quedando a sus órdenes, lo saluda atentamente, Ana María Jaramillo Fuenzalida, Abogado Secretaria de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado</p>
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		<title>Rector de la U. de Chile entrega apoyo a movilizaciones estudiantiles &#8211; 7 de junio 2011</title>
		<link>http://www.pabloruiz-tagle.cl/blog/2011/06/01/rector-de-la-u-de-chile-entrega-apoyo-a-movilizaciones-estudiantiles-7-de-junio-2011/</link>
		<comments>http://www.pabloruiz-tagle.cl/blog/2011/06/01/rector-de-la-u-de-chile-entrega-apoyo-a-movilizaciones-estudiantiles-7-de-junio-2011/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 01 Jun 2011 16:28:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Pablo Ruiz-Tagle</dc:creator>
				<category><![CDATA[Blog]]></category>

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		<description><![CDATA[Rector de la U. de Chile entrega apoyo a movilizaciones estudiantiles El Rector de la Universidad de Chile, Profesor Víctor Pérez Vera, expresó que &#8220;los estudiantes de la CONFECH tienen mi apoyo y solidaridad, y comparto plenamente el espíritu de la actividad de hoy miércoles. Las universidades tradicionales que realizamos la mejor docencia e investigación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Rector de la U. de Chile entrega apoyo a movilizaciones estudiantiles</p>
<p>El Rector de la Universidad de Chile, Profesor Víctor Pérez Vera, expresó que &#8220;los estudiantes de la CONFECH tienen mi apoyo y solidaridad, y comparto plenamente el espíritu de la actividad de hoy miércoles. Las universidades tradicionales que realizamos la mejor docencia e  investigación de Chile llevamos muchos años esperando por un trato justo y equitativo, y la verdad es que no queremos seguir esperando mientras se frustran los sueños e ideales de generaciones  de chilenos. Por eso es que estamos exigiendo que haya transparencia, seriedad y que se termine el lobby oscuro y no regulado que busca traspasar recursos de todos los chilenos, sin fiscalización alguna, para mejorar el negocio de algunas universidades privadas nuevas&#8221;.</p>
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